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Promulgaron nuevos beneficios impositivos para energías renovables

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El Gobierno promulgó el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía con su publicación en el Boletín Oficial, y se ampliaron los beneficios impositivos aplicables a la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables. Se trata de ventajas respecto de las amortizaciones en el Impuesto a las Ganancias y devolución anticipada de IVA; sobre los bienes afectados en relación al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, y exención del impuesto a la renta sobre los dividendos, entre otros.
Los beneficios impositivos de amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada del IVA correspondientes a los bienes u obras de infraestructura incluidos en el proyecto de inversión podrán ser utilizados en forma simultánea.
Con relación a las amortizaciones en el Impuesto a las Ganancias, se establece la posibilidad de realizarlas conforme lo dispone la Ley del gravamen, o en forma optativa de acuerdo a un régimen creado al efecto por esta nueva norma.
Por otra parte, se extiende a 10 años el período de compensación de quebrantos.
Los bienes afectados no integrarán la base imponible del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta desde el principio efectivo de ejecución de las obras hasta el octavo ejercicio inclusive desde la fecha de puesta en marcha del proyecto respectivo.
Los dividendos o utilidades distribuidos por titulares de proyectos de inversión beneficiados por el régimen no quedarán alcanzados por el impuesto del 10% cuando sean reinvertidos en nuevos proyectos de infraestructura en el país. Así lo consignó El Cronista.
Los beneficiarios que en sus proyectos de inversión acrediten un determinado porcentaje de integración de componentes nacionales en sus instalaciones recibirán como beneficio adicional un certificado fiscal para ser aplicado al pago de impuestos nacionales.
Los beneficios impositivos podrán ser utilizados a partir de la aprobación del proyecto por parte de la Autoridad de Aplicación, siempre que el proyecto tenga principio efectivo de ejecución antes del 31 de diciembre de 2017.
«Es una excelente iniciativa, con base en el conocimiento profundo de las normas impositivas de mayor impacto, que posibilitará a empresas que tracen una estrategia de inversión financiera a mediano plazo en fuentes renovables, lo que disminuirá a futuro la casi absoluta dependencia en los combustibles tradicionales que claramente lideran actualmente el mercado», opinó Gonzalo Astiz, de Haltung Partners.

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