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Preocupa a las petroleras el alcance del fallo de la Corte por el contrato entre YPF y Chevron

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La Corte Suprema ordenó a YPF hacer públicas el contrato que la empresa firmó en 2013 con Chevron para la explotación de hidrocarburos no convencionales en Loma de la Lata Norte y Loma Campana, en la formación Vaca Muerta.

La demanda había sido presentada por el senador socialista Rubén Giustiniani, luego de que YPF se negara a dar información sobre ese proyecto de inversión en Neuquén. Ayer, en el acuerdo de los martes, el máximo tribunal resolvió que “la información no pertenece al Estado nacional, sino que es del pueblo de la Nación Argentina” e “YPF, en una sociedad democrática, no puede negar información de indudable interés público”.

Con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, la Corte le impuso al Gobierno el segundo revés en 15 días, cuando sólo falta un mes para que cese el mandato de la presidenta Cristina Kirchner. La semana pasada, el máximo tribunal había decidido ponerle punto final a la política oficial de nombrar a abogados como jueces subrogantes.

Hace un año, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la demanda de Giustiniani porque entendió que “la divulgación del contenido del acuerdo firmado con la firma Chevron puede comprometer secretos industriales, técnicos y científicos, con el consecuente incumplimiento contractual”. Ayer, el máximo tribunal revocó esa sentencia y condenó a YPF a entregarle al senador la información solicitada.

En rigor, la Corte interpretó que el Poder Ejecutivo ejerce pleno control sobre la empresa: la ley 26.741 estableció que el Estado no sólo dispone del 51% de las acciones de la sociedad, sino que la presidenta Cristina Kirchner nombró a su presidente, Miguel Galuccio, y al ministro de Economía, Axel Kicillof, como miembro del directorio. El Tribunal arribó así a la conclusión de que la sociedad se encuentra bajo la órbita del Poder Ejecutivo y, por lo tanto, en función de lo que estableció el decreto 1172/03 (de acceso a la información pública), debe permitir a cualquier persona el acceso a información relacionada con sus actividades.

El fallo generó honda preocupación en la industria petrolera. Las gerencias de Legales de todas las productoras de hidrocarburos pasaron la tarde de ayer tratando de determinar el alcance del texto. Es que la gran mayoría está asociada con YPF para explotar en conjunto yacimientos de petróleo y gas en alguna cuenca del país.

Por lo pronto, los contratos firmados por con la norteamericana Dow Chemical y la malaya Petronas -que también se asociaron con YPF desarrollar proyectos no convencionales en Vaca Muerta en las áreas El Orejano y La Amarga Chica, respectivamente- podrían seguir el mismo camino que el de Chevron.

En una curiosa exégesis del texto, María Bourdin, vocera del tribunal supremo, señaló que “el fallo es un leading case en la materia, pero no sienta jurisprudencia ni representa un antecedente de peso a futuro. Cada caso es diferente”, analizó ante la consulta de El Inversor Online. Su visión va en contra de la opinión generalizada de los juristas que asesoran a las empresas petroleras.

Específicamente en los casos de Dow y Petronas, el esqueleto legal de los acuerdos firmados con YPF es el mismo que el de Chevron.

En los hechos, la divulgación de esos acuerdos implicará una pérdida de la habilidad comercial de cada empresa, dado que allí figuran datos e información confidencial ligada a la estrategia que elige cada petrolera para llevar adelante un negocio hidrocarburífero.

“¿Qué compañía va a querer concretar negocios con YPF si sabe que los contratos que se firmen van a ser públicos? Esos documentos incluyen datos importantes en materia de inversión, tecnología, financiamiento y estrategias comerciales, cuya definición demanda mucho tiempo y trabajo. Nadie va a querer correr el riesgo de que esa información sea pública”, advirtió ayer el gerente general de una de las mayores 10 petroleras del país.

 

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