Un fallo judicial desestimó la acción presentada por organizaciones ambientalistas y ratificó la validez de las Declaraciones de Impacto Ambiental aprobadas por la Legislatura. La sentencia aclaró que los proyectos solo autorizan tareas de exploración y estarán sujetos a controles ambientales permanentes.
La Justicia de Mendoza dio un paso clave para el desarrollo de la actividad minera en el sur provincial al rechazar un amparo que buscaba frenar los primeros proyectos del Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO). La decisión, adoptada el martes 30 de diciembre por el Tribunal de Gestión Asociada–Tercero, ratificó la vigencia de la Ley 9.588 y avaló las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) de 34 iniciativas de exploración minera.
El fallo, firmado por la jueza María Angélica Gamboa, desestimó la acción de inconstitucionalidad presentada por la Fundación Cullunche y el abogado Eduardo Sosa, quienes cuestionaban el proceso de evaluación ambiental y el aval legislativo otorgado a los proyectos. La sentencia representa un respaldo judicial al rumbo impulsado por el gobierno de Alfredo Cornejo, que promueve a Malargüe como eje de una nueva etapa minera en la provincia.
En su resolución, la magistrada sostuvo que no se acreditaron irregularidades sustanciales en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Según el fallo, las objeciones planteadas por los demandantes expresan discrepancias técnicas, pero no alcanzan a configurar una ilegalidad ni una violación al marco normativo vigente. En ese sentido, la Justicia consideró que los organismos especializados intervinientes actuaron conforme a sus competencias.
Uno de los aspectos centrales de la sentencia fue la crítica a la falta de precisión en el planteo del amparo. La jueza cuestionó que se intentara impugnar en conjunto a los 34 proyectos del MDMO con argumentos generales, sin identificar daños concretos asociados a cada emprendimiento. Subrayó que cada iniciativa cuenta con su propio expediente técnico y evaluación particular, como ocurre con proyectos específicos como El Perdido, a cargo de la empresa canadiense Kobrea.
Además, el tribunal rechazó la legitimación de Eduardo Sosa como coactor de la demanda, al considerar que no logró demostrar una afectación directa o indirecta que lo habilitara a accionar judicialmente en representación del interés colectivo. Este punto debilitó de manera decisiva la estrategia legal de los ambientalistas.
La sentencia también remarcó que las autorizaciones vigentes solo habilitan actividades de exploración, y no de explotación minera. Las tareas previstas se desarrollarán de manera progresiva y estarán bajo la supervisión de la Unidad de Gestión Ambiental (UGA), organismo que tendrá la facultad de monitorear los proyectos y actualizar los controles de forma periódica.
Mientras las organizaciones ambientalistas evalúan nuevas acciones, que podrían incluir presentaciones ante la Justicia Federal o la Corte Suprema, el Gobierno provincial celebró el fallo como una señal de previsibilidad jurídica. Para la administración mendocina, la decisión judicial despeja los obstáculos legales que demoraban el inicio de las perforaciones exploratorias de cobre en Malargüe y refuerza el mensaje hacia los inversores de cara al comienzo de 2026.
Con este aval, Mendoza avanza en la puesta en marcha de sus primeros proyectos mineros bajo el esquema del MDMO, en un escenario donde el debate entre desarrollo económico, resguardo ambiental y control estatal seguirá ocupando un lugar central en la agenda provincial.


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