El nuevo régimen de mercado a término de energías renovables beneficia al 25% de la demanda total

El subsecretario de Energías Renovables, Sebastián Kind, resaltó que el nuevo régimen del mercado a término de energías renovables permitirá a los grandes usuarios con un consumo mayor a los 300kv, que representan al 25 por ciento de la demanda eléctrica del país, obtener su energía mediante contratos privados con los generadores, dejando atrás la intervención de Cammesa.
El gobierno nacional dio un nuevo paso en el impulso a la generación de electricidad a partir de fuentes renovables, al aprobar el régimen del mercado a término sectorial que facilitará la contratación entre proveedores y grandes usuarios mayoristas, y entrará en vigor el 1 de septiembre próximo.
La resolución 281-E del Ministerio de Energía y Minería que se publicó en el Boletín Oficial reseña que el 9 de junio pasado se difundió el borrador de la medida, y destaca que las sugerencias de modificación recibidas «fueron analizadas y tenidas en cuenta por las áreas competentes».
La norma aprobada delimita los ámbitos del mercado a término y el de las compras conjuntas, «con el fin de brindar la mayor claridad y seguridad jurídica», y crea el Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable.
Kind definió esta tarde que la resolución es «el cierre regulatorio al Decreto 531» que reglamentó la Ley 27.191 de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica, y abre el sistema de compras conjuntas a través de Cammesa al regular la contractualización entre privados.
Tras participar del acto de la primera promoción de la Diplomatura de Financiamiento de Proyectos de Energías Renovables de la Ucema, Kind planteó que el nuevo sistema «requiere la maduración del mercado. No va a funcionar todo junto de un día para el otro, sino que hay que esperar que vayan entrando actores y que la industria siga su desarrollo».
Sobre la magnitud del mercado potencial alcanzado por la norma, el subsecretario dijo ante una consulta de Télam que «el 25 por ciento de la demanda del país son usuarios mayores a 300 Kv, por lo cual de los 135 teravatios hora año que se consume en el país, el 25 por ciento está en manos de los grandes usuarios habilitados, de ese conjunto hay compañías que van a poder entrar antes después o no entrar y seguir en las compras conjuntas».
«Es una gran oportunidad para el mercado de grandes usuarios de cumplir más allá del 20 por ciento» previsto del consumo de energía eléctrica nacional, al 31 de diciembre de 2025, como establece la ley e «incluso hasta el 100 por ciento de su demanda para hacer uso de las ventajas económicas de las energías renovables».
El escrito finalmente aprobado recibió 300 sugerencias desde la publicación del borrador, las que según Kind «permitieron mejorar el proceso y adoptar una forma novedosa de regular la prioridad de despacho ante la congestión de la red» de distribución eléctrica.
El funcionario explicó que si bien el gobierno avanza en un Plan de Expansión del Sistema de Transporte, como el Estado en esta nueva etapa que se abre no regula la potencia a disposición decidió que ante la existencia de dos o más actores pugnando por acceder a la red regulará «no restringiendo sino administrando la prioridad de despacho».
En el mismo sentido, Juan Bosch, el presidente de Saesa -un comercializador energético- opinó que «esta resolución demuestra que se viene una gran oportunidad para el mercado entre privados», y resaltó que «es muy bueno que se reconozca el derecho de los Grandes Usuarios de poder elegir su proveedor de energía renovable y negociar libremente las condiciones».
«Esto dará al sector energético un ritmo y versatilidad enorme. Proyectos que no han podido entrar en contratos con el Gobierno, podrán negociar y obtener PPAs con privados y viabilizar sus inversiones sin necesidad de esperar a un nuevo llamado» licitatorio agregó, al detallar como nuevos instrumentos los contratos de abastecimiento con generadores, comercializadores o con soluciones de auto generación.
La norma regula, además, los cargos de Comercialización y Administración que deberán abonar los grandes usuarios intervinientes a partir de las transacciones económicas de enero de 2019, por el porcentaje de demanda que corresponda.
En el caso de la comercialización, el cargo será ese año de 6 dólares por Mwh (megavatios) e irá creciendo a medida que los operadores vayan cumpliendo la ampliación de la oferta de energías renovables, hasta llegar a 18 dólares en 2025-30.
El cargo por la administración, en tanto, será de 5 centavos de dólar por Mwh entre 2019 y 2024 y desaparecerá luego.
Por otra parte, la medida regula la actuación de los agentes generadores, cogeneradores y autogeneradores de energía eléctrica de fuente renovable; de los comercializadores y de los grandes usuarios que optan por cumplir con los mencionados objetivos por la contratación en el Mercado a Término o autogeneración.
En ese marco, se establecen reglas para «la información de contratos y proyectos» y «la ejecución de las transacciones económicas».
Del mismo modo, la resolución que firma el ministro Juan José Aranguren establece pautas sobre la fiscalización individual del cumplimiento de la normativa legal; el procedimiento para la aplicación de las sanciones por incumplimiento; y el método de cálculo para su determinación.
La resolución considera asimismo «esencial», a los fines de propiciar las inversiones en proyectos de energías renovables, «minimizar los riesgos de congestión por falta de capacidad de la red eléctrica, toda vez que dichos proyectos no son remunerados por un pago por potencia disponible».

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