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Reglamentan la Ley de Electrodependientes

Reglamentan la Ley de Electrodependientes
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A través de la Resolución 204-E / 2017, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó la Ley de Electrodependientes que otorga el servicio de electricidad gratuito en todo el territorio nacional para aquellos usuarios que por cuestiones de salud necesitan un consumo alto y constante de electricidad.

La reglamentación de la normativa, publicada hoy por el Ministerio de Energía y Minería a cargo de Juan José Aranguren, afirma que el beneficiario será “el titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud”.

La resolución 204-E / 2017 publicada afirma la entrada en vigencia de la Ley de Electrodependientes donde se establece “la bonificación del componente Precio de referencia Estacional de potencia y energía que se sancione para el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y del componente Cargo de Transporte, así como de cualquier otro cargo de jurisdicción nacional, aplicable a los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud”

La medida regirá de forma retroactiva a partir del pasado 17 de mayo cuando “fue promulgada la Ley N° 27.351”, dice la resolución.

La ley que se reglamentó hoy establece que un electrodependiente “gozará de un tratamiento tarifario especial gratuito del servicio público de provisión de energía eléctrica que se encuentre bajo jurisdicción nacional” y que “tendrá garantizado en su domicilio el servicio eléctrico en forma permanente”.

La Ley 27.351, aprobada en abril, define a un usuario electrodependiente como aquellos “que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto por un médico matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud”.

La norma también afirma que, como fuente alternativa ante la falta de suministro, “las empresas distribuidoras de energía eléctrica serán las responsables de proveer los grupos electrógenos o el equipamiento adecuado que garanticen las condiciones del suministro establecidas por la norma”

.Los beneficiarios deberán estar en Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud que el creará y tendrá a su cargo el Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Jorge Lemus.

Hasta tanto esta cartera constituya este registro “el beneficio se aplicará a los electrodependientes identificados como tales en los registros reconocidos en el marco de la Resolución N° 219 de fecha 11 de octubre de 2016” del Ministerio de Energía y Minería.

Etiquetas: abriljorge lemusMinisterio de Energía y Mineríaministerio de salud de la naciónresoluciónservicio puvlico
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