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Desgravan importaciones de bienes de capital necesarios para las metas del plan oficial de energías renovables

Desgravan importaciones de bienes de capital necesarios para las metas del plan oficial de energías renovables
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El Gobierno decidió reducir hasta 0% la importación de bienes de capital por fuera de lista de la Nomenclatura Común del Mercosur (M.C.N.) que sean necesarios para cumplir las metas del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica.
«Corresponde establecer la reducción al 0% de las alícuotas correspondientes al Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) de la M.C.N. de los bienes que no tengan producción local o que resultan necesarios para la integración con bienes de fabricación local» destinados al plan oficial de energías renovables, indicó el Decreto 814/2017 publicado en el Boletín Oficial.
El Régimen de fomento de energías renovables destinado a la producción de energía eléctrica establece como objetivo lograr un incremento en la participación de las fuentes alternativas en la matriz eléctrica hasta alcanzar 8% del consumo anual nacional al 31 de diciembre del año 2017, aumentando ese valor de forma progresiva hasta alcanzar 20% al 31 de diciembre del año 2025.
La norma se aplicará durante 60 meses desde enero de 2018 para placas, láminas, turbinas y radiadores, entre otros ítems, y durará 12 meses en el caso particular de generadores fotovoltáico sin incluir estructuras de soporte ni máquinas y aparatos mecánicos con función propia; mientras que la única excepción son los aerogeneradores de potencia superior a 700 kW, que tendrán un gravamen de 14% por 60 meses desde el año próximo.
Entre los fundamentos de la medida, se menciona el pronto vencimiento de los beneficios otorgados por la Ley N° 27.191 y también la necesidad de «hacer efectivas las premisas» del Régimen de fomento para fuentes renovables destinada a la energía eléctrica y ajustar la estructura arancelaria de importación de los bienes afectados por los proyectos de inversión».
El Capítulo VI de la Ley N° 27.191 prevé la exención del pago de los derechos a la importación por la introducción de bienes de capital que fueran necesarios para la ejecución del proyecto de inversión, operando el vencimiento del beneficio el 31 de diciembre de 2017.

Etiquetas: Boletin Oficialdiegobiernoimportacion extrazonamcnregimen de fomento
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