La Justicia local falló a favor de YPF en una sentencia que la libera de pagar 1600 millones de dólares a AES Uruguaiana Emprendimientos (AESU) y Transportadora de Gas del Mercosur (TGM). La disputa judicial de estas dos empresas contra la petrolera argentina fue por la rescisión de contratos de exportación y transporte de gas en 2009. AESU y TGM reclamaron por el recorte de provisión que YPF les aplicó ese año, en medio de tensiones energéticas internas, y argumentaron que sin ese combustible no se pudo poner en marcha una nueva planta que se había construido en Brasil. El arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), con sede en Francia, les dio la razón a estas compañías, lo cual llevó a YPF a pedir la nulidad ante la Justicia local, según publicó Página 12.
La petrolera a cargo de Miguel Galuccio informó ayer a la bolsa porteña que la Justicia “hizo lugar al recurso de nulidad interpuesto, declarándose nulo el laudo parcial de responsabilidad dictado en el arbitraje (internacional) que hacía responsable a YPF por la rescisión de convenios de exportación de gas y transporte”. Desde la compañía aclararon que el fallo aún no se encuentra firme, pero que ya se informó a la CCI de la resolución para dejar sin efecto el arbitraje.
Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti, los camaristas de la Sala IV en lo Contencioso Administrativo, que fallaron a favor de YPF, aseguraron que el reclamo de 1600 millones de dólares de AESU y TGM es desmedido y “afectaría seriamente el desenvolvimiento de la petrolera y las inversiones, al punto de agravar el actual déficit energético”. En la sentencia se tuvo en cuenta la ley votada a partir de la recuperación de YPF a manos del Estado en 2012, que declaró de interés nacional la recuperación del autoabastecimiento de energía. Los camaristas ya habían fallado a favor de la petrolera, decisión apelada por AESU y TGM, y sobre la que los jueces volvieron a darle ahora la razón a YPF.