Por un registro de la Afip, mineras denuncian una burocratización de la actividad

La implementación de un nuevo registro fiscal creado por la Afip en diciembre pasado amenaza con provocar un incremento de los costos administrativos y operativos de las mineras, en especial de las de pequeña y mediana envergadura y de las empresas junior. A fines del año pasado, la resolución 3692 del organismo que conduce Ricardo Echegaray puso en marcha un registro fiscal en el que deben inscribirse todas las empresas que integran la cadena de valor de la minería, tanto las empresas productoras como los proveedores de servicios e insumos. La medida, que entró en vigencia el 1° de enero, también alcanzó a los tenedores de cateos y prospectos exploratorios.

En la práctica, la iniciativa generó una reducción del universo de proveedores con el que trabajan las productoras. Concretamente afectó a pequeños y medianos contratistas que muchas veces no cuentan con la estructura administrativa necesaria para inscribirse en el sistema creado de la AFIP.

Entre las condiciones para inscribirse, los proveedores deben poseer la Clave Única de Identificación Tributaria (Cuit) activa, tener actualizado el sistema registral, tener el alta en IVA y Ganancias, haber presentado las últimas declaraciones juradas de IVA y la última de Ganancias, haber registrado y aceptado datos biométricos (la registración de manera digital de la firma, foto, huella dactilar y el escaneo del DNI), entre otros. Además, deben operar con facturas electrónicas. Como resultado, en la industria cuestionan la burocratización de la actividad, que atentará directamente contra la oferta de insumos y servicios para el sector.

“Existen algunos proveedores, por ejemplo del rubro alimenticio, que no están preparados para cumplir con el régimen que plantea la AFIP. Por eso, lo que estamos notando es una reducción de los proveedores disponibles. Por otro lado, existen contratistas que venden de forma esporádica a las mineras y que por consiguiente sólo venden a nuestro sector un pequeño porcentaje de su facturación, que optaron por no inscribirse en el registro de la AFIP para evitar la burocracia que eso conlleva”, explicó a El Inversor Onllineun alto directivo de una minera radicada en el norte del país, que optó por la reserva de nombre.

Los proveedores que no se registran igual podrán venderle a una firma minera, pero están sujetos a retenciones más gravosas del impuesto a las Ganancias y el IVA, que impactan directamente en sus cuentas. La retención –sumando ambos tributos- oscilará entre el 30,5% y el 56 por ciento (ver cuadro).

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